miércoles, 23 de septiembre de 2015

¿ y a nosotros, nos protege el derecho de autor?

Por mi experiencia como formador de personas con discapacidad he escogido el tema de la grabación de la lectura de un libro con el fin de hacerlo accesible a personas ciegas o con baja visión. En España, es la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) la que se encarga de este servicio de audiolibros. Según queda recogido en el Boletín Oficial del Estado la ONCE "es una Corporación de Derecho Público de carácter social, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar y de autoorganización, cuyos fines sociales se dirigen a la consecución de la autonomía personal y plena integración de las personas ciegas y con deficiencia visual grave, mediante la prestación de servicios sociales, que ejerce en todo el territorio español funciones delegadas de las administraciones públicas, bajo el protectorado del Estado".  Además  la ONCE es miembro de pleno derecho del Consorcio Daisy desde su fundación en 1996. 

El Consorcio DAISY (Digital Accessible Information System) es una Asociación internacional que desarrolla, mantiene y promueve normativas internacionales y que se constituye como una asociación sin fines de lucro bajo la ley suiza y se rige por sus Estatutos. Los libros DAISY son libros en MP3 pues usan esta tecnología de compresión de audio aunque no de manera excluyente. Lo que los diferencia de los audiolibros en MP3, es que al audio de un libro DAISY se añaden además otros archivos que permiten su navegación y que definen su estructura

¿Cumple el libro DAISY con la normativa sobre derechos de autor?
Si, puesto que la legislación española sobre propiedad intelectual detalla   (refiriéndose a la reproducción de libros sin necesidad de contar con la autorización del autor) que "los libros adaptados para distribución a personas con discapacidad están exentos de solicitar permiso a los poseedores de los derechos de autor siempre que guarden una relación directa con la discapacidad de que se trate, se lleven a cabo mediante un procedimiento o medio adaptado a la discapacidad y se limiten a lo que ésta exige" y, sobre todo, sean "Para uso privado de invidentes, siempre que la reproducción se efectúe mediante el sistema braille u otro procedimiento específico y que las copias no sean objeto de utilización lucrativa". Apartado 3º, artículo 31, Capítulo II del título III del real decreto legislativo 1/96 por el que se aprueba el texto refundido de la ley de propiedad intelectual, publicado el 12 de abril.


 El sistema de grabación DAISY fue diseñado por el Consorcio Daisy formado por organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a dar servicios a personas ciegas y deficientes visuales. Es, pues, una tecnología diseñada por y para las personas con discapacidad para acceder a la lectura, habida cuenta de las limitaciones de navegación que ofrecen los audiolibros. La ONCE "controla" la distribución de libros a sus afiliados y no obtiene beneficio alguno por la venta de sus copias.

jueves, 10 de septiembre de 2015

Derechos de autor y acceso a la cultura

Tras ver las muy interesantes intervenciones de Beatriz Busaniche y Mariana Fossatti en Sumar, no deberíamos  sino sumarnos todos a esa idea de la" propiedad intelectual como producto social con una función social", producto que debe ser compartido y circular para beneficio de todos, sin cortapisas ni leyes de todo punto obsoletas que coartan la creatividad e impiden el desarrollo de una identidad cultural que a todos pertenece y que puede manifestarse en múltiples y muy diversas formas, llegando a lograr una cultura colaborativa y participativa y con un reconocimiento a los aportes de los usuarios y que nadie se asuste al leer esto.... se puede (y se debe) llegar a un punto de encuentro y una regulación razonable y justa para todos y de todos, con menos restricciones en la que convivan acceso y ganancias para los artistas.

miércoles, 9 de septiembre de 2015

Como estamos viendo a lo largo de estas semas de curso, las Nuevas Tecnologías en Educación (TIC´s) nos permiten desarrollar una serie de competencias  en el procesamiento y tratamiento de la información, gestión de hardware y software que, unidas a la disponibilidad de nuevos recursos y usos, elevan las posibilidades en su uso educativo a niveles inimaginables hace sólo unos años ayudando cada día más a que, tanto docentes como alumnos, logren sus objetivos  en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
El uso de las TICs en clase posibilita  tanto al educador como al alumno una útil herramienta tecnológica posicionando así a este último en protagonista y actor de su propio aprendizaje. Además, los diferentes recursos multimedia aumentan la posibilidad de interactuar facilitando el aprendizaje significativo. Por ello, es una obligación para los docentes una continua formación en estas competencias que nos permita enfrentarnos con éxito a los nuevos desafíos que representa ser un docente preparado en el siglo XXI.... Pero ¿cuáles son esas habilidades? Personalmente, creo que en este artículo cuyo link os dejo se recogen las principales aunque seguramente se os ocurre citar muchas más http://www.educatorstechnology.com/2012/06/33-digital-skills-every-21st-century.html

 En definitiva,  el conocimiento y desarrollo de las competencias digitales por parte de los docentes implica el saber analizar, aplicar, comprender, crear y evaluar la información que surge de aplicar las TICs en el proceso formativo. "Marqués (2008) indica que las competencias digitales para profesores deben ser las mismas que cualquier otra persona necesita para involucrarse en la nueva era digital, además de las competencias concretas que surgen de la aplicación de las TICs en su labor docente para mejorar los procesos de enseñanza – aprendizaje".


Entre las  principales funcionalidades de las TICs podríamos destacar  la alfabetización digital de los alumnos; el acceso  a la información, comunicación, gestión y proceso de datos para profesores y alumnos; gestión del centro; el uso didáctico para facilitar los procesos de enseñanza aprendizaje; comunicación con las familias, a través de la Web del Centro por ejemplo; comunicación con el entorno y la relación entre profesores y centros con el fin de compartir recursos y  experiencias. Suelen resultar motivadoras, ya que utilizan recursos multimedia como videos, imágenes, sonido, interactividad… Y la motivación es uno de los motores del aprendizaje y facilitan la labor docente con más recursos para el tratamiento de la diversidad y mayores facilidades para el seguimiento y evaluación.
Por tanto, entre todos debemos fomentar el desarrollo de esta competencia a través de acciones formativas como esta, para poder lograr así el cambio metodológico y la innovación educativa con el soporte de las TIC. Los docentes tenemos una gran responsabilidad en este sentido, pero también una oportunidad de capacitar a nuestros alumnos para el siglo XXI con herramientas del siglo XXI.